BIENVENIDOS

Romania...

Es un espacio para recordar lo que fue.

Es un espacio de reunión de nuestras aficiones y de nuestros recuerdos.

Es un lugar para la manía por Roma.

Es un refugio para quienes padecemos el destierro del imperio.

Principio con la transcripción de apuntes de derecho romano, en los capítulos básicos de un curso, de acuerdo a programas de estudio, en lo general, aceptados en universidades y escuelas de derecho en México.

Pongo a disposición de la comunidad estudiantil universitaria, esos apuntes que espero ayuden por su concisión y ejemplificaciones.

Esos apuntes han sido elaborados en el curso de los años en que he impartido dicha asignatura, antes en la Universidad Autónoma del Estado de Hidalgo y, ahora, en el Centro Universitario Iberomexicano en Pachuca.

Han sido tomados de diversas obras:

Historia del Derecho Romano y de los Derechos Neoromanistas. Beatriz Bernal y José de Jesús Ledezma, editorial Pórrua.

Historia del Derecho Romano. Krueger

Del cual se expone la parte histórico-jurídica.

El espíritu del Derecho Romano de Rudolf Von

Programa de Derecho Romano. Rudolf Von Ihering.

Tratado General de Derecho Público Romano, Teodoro Momsem. Editorial

Derecho Romano. Guillermo Floris Margadant. Editorial Esfinge.

Tratado Elemental de Derecho Romano. Eugene Petit. Editora Nacional antes y ahora Editorial Pórrua.

Derecho Romano. Sara Bialostovsky.

Derecho Romano. Martha Moreneau y

Tratado General de Derecho Romano. Juan Iglesias. Editorial Ariel.

Derecho Privado Romano. Juan D’ Ors.

También sé que toda indagación humana es por definición revisable y sujeta a crítica por lo que modificaré algunos de sus puntos que me parecen perfectibles.

Pero no quiero limitar este espacio en el mero fenómeno jurídico, sino en otras manifestaciones históricas en el devenir romano:

Manifestaciones sociales, políticas y artísticas.

En la parte superior izquierda de este blog, se encuentran diversos subtítulos como vida cotidiana y costumbres, personajes, arte y ruinas romanas, mapas, ejército y conquistas militares, divulgación de obras sobre temas romanos y de derecho romano (con respeto, por supuesto, a derechos de su autor) y otro apartado que he titulado como micro notas romanas, esto es: breves notas de información (¿Sabias que...?), más los temas que sean agregados.

miércoles, 4 de febrero de 2009


1Bd) DIVISION SOCIAL PATRICIOS Y PLEBEYOS.-

Se sabe que desde tiempo remoto se constituyó una seria división social y política entre dos clases antagónicas: PATRICIOS y PLEBEYOS.

PUNTO OBSCURO de la historia romana es el tema acerca de la génesis de la clase patricia y de la plebeya existen diversas teorías:


a) Los romanos alegaban que el origen de los patricios se debió a que cuando ROMULO fundo ROMA y el primer SENADO les dijo a esos primeros senadores que ellos eran los PATERES de ROMA y así las familias descendientes de esos primeros senadores fueron los denominados PATRICIOS

De ahí que los patricios alegaban que eran DESCENDIENTES DE LOS FUNDADORES DE ROMA-

b) Algunos historiadores afirman que el origen del patriciado se encuentra en la conquista etrusca y que los PATRICIOS SON DESCENDIENTES DE LOS ETRUSCOS mientras que los PLEBEYOS SON DESCENDIENTES DE LOS LATINOS Y DE LOS SABINOS.

c) Otros que LOS PATRICIOS ERAN LOS DESCENDIENTES DE LOS LATINOS Y SABINOS Y LOS PLEBEYOS DESCENDIENTES DE VIEJOS ESCLAVOS.

Lo ciertos es que los patricios constituyeron una clase que REUNÍA EN SUS MANOS EL DINERO Y EL PODER

Los patricios ejercían determinados derechos de los cuáles en los primeros siglos estuvieron excluidos de su ejercicio los plebeyos.



Por ejemplo:

Los plebeyos no podían contraer matrimonio con patricios por estar prohibido por la costumbre. NO EJERCEN EL IUS CONUBII

No podían ejercer cargos públicos.- NO EJERCEN EL IUS HONORUM

Estaban excluidos de las curias y por ende no podían votar.-NO EJERCEN EL IUS SUFRAGII

No podían ser propietarios quiritarios de bienes.- NO EJERCEN EL IUS COMMERCIUM.

Esta situación cambiará en los dos últimos siglos de la República.


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